Quiénes somos
Institución de Intermediación Financiera
Quién es Progressa: SOFIPO autorizada por CONDUSEF
Nuestra Historia
El 18 de mayo de 1999, en Acámbaro, Guanajuato, se constituyó PROGRESSA como
Sociedad Cooperativa de Responsabilidad Limitada con la finalidad de ofrecer soluciones a
los problemas de falta de recursos para el desarrollo de las actividades de los comerciantes
de la región, así como para fomentar el ahorro de estos.
Con fecha 28 de noviembre de 2008, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el oficio
de autorización para la organización y funcionamiento de "Caja Progressa, S.A. de C.V.,
S.F.P.”, como Sociedad Financiera Popular, emitida por la Secretaria de Hacienda y Crédito
Publico por conducto de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
El 23 de diciembre de 2021 se une a GRUPO BODESA, teniendo presencia dentro de las
tiendas “La Marina” y “El Bodegón”, así como una sucursal patrimonial ubicada en Colima,
brindando una gran opción para poder tramitar créditos, ahorro e inversión con rendimientos
competitivos.
Nuestro Compromiso
NUESTRA MISIÓN
“Acompañarte siempre en donde estés a resolver tus necesidades financieras, lograr tus
planes y alcanzar tus sueños, con soluciones seguras y ágiles.”
NUESTRA VISIÓN
“Ser una institución financiera cercana al cliente, que lo entiende, mejora su calidad de
vida y la de la comunidad.”
NUESTROS VALORES
- Honestidad: Ser justo, recto y transparente.
- Respeto: Tratar a cada persona como si fuera la más importante
- Compromiso: Cumple tu palabra
- Confianza: Seguridad que generas a otras personas con tu forma de actuar.
- Disciplina: Capacidad para adoptar y mantener buenos hábitos.
- Perseverancia: Mantenerse constante aun cuando las circunstancias sean adversas.
- Lealtad: Sentimiento recíproco de gratitud, respeto y fidelidad entre colaboradores y Entidad.
- Productividad: Utilizar los recursos (tiempo, talento, activos y monetario) con responsabilidad.
Con fecha 4 de Junio del 2001, se publica en el Diario Oficial de la Federación la Ley de Ahorro y Crédito Popular, la cual reforma y deroga diversas disposiciones de la Ley de Organizaciones y Actividades Auxiliares y de la Ley General de Sociedades Cooperativas, y la cual tiene por objeto:
- Regular, promover y facilitar el servicio de captación de recursos y colocación de crédito por parte de las entidades de ahorro y crédito popular; la organización y funcionamiento de las Federaciones y Confederaciones en que aquellas voluntariamente se agrupen.
- Regular las actividades y operaciones que las entidades de ahorro y crédito popular podrán realizar con el proósito de lograr su sano y equilibrado desarrollo.
- Proteger los intereses de quienes celebren operaciones con dichas entidades.
- Establecer los términos en que las autoridades financieras realizan la supervisión del Sistema de Ahorro y Crédito Popular.
Esta Ley es de orden público y observancia general en todo el territorio nacional. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público será el órgano competente para interpretar a efectos administrativos los preceptos de la presente Ley y, en general, para todo cuanto se refiera a los sujetos de la misma.
Con base a lo anterior, la entidad ha conformado su estructura organizacional para atender con eficiencia y eficacia a sus clientes, de acuerdo a su objeto social y enmarcado en la Ley de Ahorro y Crédito Popular.